Parece que, según la reforma del Código Penal que prepara Gallardón, será ilegal acoger en casa o ayudar económicamente a inmigrantes sin papeles. También parece que habrá una pena de hasta dos años de cárcel para quienes lo hagan.
La RAE dice que acoger es admitir en casa a alguien.
Esto me preocupa sobremanera, ya que la definición de acoger incluye invitar a alguien a ver un partido de fútbol o a tomar un café en casa. Como yo, en principio, no quiero violar la ley ni, muchos menos, ir a la cárcel por ello, quiero estar preparado para la entrada en vigor de la norma. Para evitar problemas he estudiado una serie de situaciones que podrían darse y que quiero compartir con los lectores de este abandonado blog.
Debemos asumir que el inmigrante sin papeles no revelará su condición de tal o nos mentirá al respecto, no tendría sentido preguntar a una persona explícitamente si es un inmigrante y si tiene papeles, si lo hiciéramos probablemente nos mentiría. En el caso de que el inmigrante insista en enseñar sus papeles, se debe dudar acerca de la legitimidad de los mismos. Este tema lo trataremos más adelante, antes comenzaremos por el principio. Tomaremos como ejemplo un caso en el que invitamos a una persona a tomar un café a nuestra casa.
Tengamos en cuenta que, en esta sociedad global, cualquier persona puede ser un inmigrante sin papeles. Por eso la primera cuestión que debemos plantearnos es:
1. ¿Cómo puedo reconocer a un inmigrante?
Uno podría pensar que a un inmigrante se lo puede reconocer con facilidad porque va mal vestido, ya que es pobre (tengamos en cuenta que más de la mitad de las personas atendidas por Cáritas son inmigrantes). Pero hay gente que va mal vestida y es pobre y no es inmigrante. También hay inmigrantes que no son pobres e incluso van, algunos, bien vestidos. El criterio del buen vestir es problemático porque aún no hay un criterio objetivo (o intersubjetivo) de aquello que constituye el buen vestir.
Las chilabas, ponchos peruanos, las chompas bolivianas, las bombachas de gaucho pampeanas y otros vestidos de carácter étnico, tampoco son recomendables como elemento identificador ya que estas prendas también suelen ser usadas por ciudadanos españoles afectos a aquello que antaño se denominaba «world music» y por aquellos que profesan simpatías por movimientos altermundistas.
Descartada la indumentaria como elemento identificador del inmigrante, el color de la piel o el fenotipo se nos pueden aparecer como una herramienta segura de identificación. Sin embargo tampoco es un criterio seguro, hay muchos inmigrante que tienen un aspecto que se asemeja al de muchos españoles, muchos hispanoamericanos de origen europeo o incluso indocumentados de países del este, podrían pasar por nativos de Valladolid o Alcorcón. Incluso hay españoles de origen chino, malí o uzbeco. Notable es el caso de Jonás Ramalho Chimeno, jugador de Athletic Club y de orígen Angoleño pero oriundo de Barakaldo. El criterio del color de la piel o el fenotipo no nos sirven dada la variedad étnica del español.
Una manera efectiva de reconocer a un inmigrante es mediante su acento, que claramente no suena como el acento español peninsular. Eso siempre y cuando el inmigrante hable español, porque en muchos casos no lo habla. Si no lo habla el reconocimiento del inmigrante se ve facilitado enormemente. Uno puede asumir con casi total seguridad que si no hablan español, la persona en cuestión es un inmigrante. Puede darse que la persona en cuestión finja no hablar español. Esta molesta situación, que nos complica bastante la identificación certera del inmigrante, no la trataremos en esta entrada.
Concluimos, entonces, que la herramienta del acento es efectiva y poderosa para reconocer al inmigrante, pero también puede llevar al equívoco. El detector de inmigrantes suspicaz, pero de oído poco entrenado, puede pensar que un español de las Islas Canarias es un inmigrante. Tengamos en cuenta que para el principiante en reconocimiento de acentos ilegales, el canario puede sonar como el venezolano o el cubano. Incluso la utilización de clásicas palabras o expresiones de origen canario como chacho, jarto mocho o quiquere no debe tranquilizarnos ya que el inmigrante podría haber aprendido estas pintorescas expresiones para engañarnos.
Resúmen 1: si la persona habla raro, pero en un raro distinto de los raros autóctonos, la persona en cuestión es un inmigrante.
Si el invitado no es identificado como inmigrante, bastará con pedirle que exhiba su DNI español, pasaporte o carné de conducir.
Si la persona es identificada como inmigrante debemos despejar la duda acerca de su estaus legal de residencia. Veremos esta cuestión a continuación.
2: ¿Cómo reconocer a un inmigrante sin papeles? o dicho de otro modo ¿cómo podemos determinar si el inmigrante tiene permiso de residencia en regla?
Aquellos que se inician en la detección de inmigrantes sin papeles, suelen pensar que la presentación de documentación bastaría para constatar que nuestro invitado inmigrante tiene permiso de residencia. Como veremos a continuación, no basta con exhibir un documento sino que hay que analizar este documento cuidadosamente, no hacerlo es un error frecuente que debe ser evitado.
Supongamos que pedimos al inmigrante que presente su documentación. El inmigrante entenderá que se trata de un imperativo legal y no tendrá mayores problemas en presentarla. Pero, ¿sabemos qué estamos revisando?
Imaginemos que el inmigrante nos entrega un pasaporte como primera documentación. Nos tocará determinar la validez del pasaporte. Hay que admitir que no sabemos nada de pasaportes marroquíes, argentinos o pakistaníes. Para examinar un pasaporte con seguridad, necesitaremos una conexión con los servicios informáticos del Secretaría General de Inmigración y Emigración del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o con la Policía Nacional. Para ello necesitaremos un lector de pasaportes electrónicos o un lector de RFID conectado a los servicios informáticos anteriormente mencionados.
Si hemos comprado el lector de pasaportes, podemos utilizarlo también con aquellos invitados que se identifican como españoles, les daremos una buena impresión y nuestros invitados verán que nos tomamos el cumplimiento de las las leyes en serio.
Retomemos el caso del inmigrante. Controlar su pasaporte nos servirá para determinar que el pasaporte en cuestión es legítimo, pero no nos dirá nada acerca de la situación del inmigrante en España. Para ello el inmigrante deberá mostrarnos su tarjeta de identidad con su correspondiente NIE. En esta tarjeta constan los datos personales y otros relativos al período en el cual el inmigrante puede residir en España. Podremos cotejar el nombre del invitado inmigrante y el nombre que aparece en la tarjeta. Si estos concuerdan debemos verificar que la fecha en la que el inmigrante entra en casa está comprendida entre las fechas que aparecen en la tarjeta de residencia.
Resúmen 2: Si los datos no concuerdan o las fechas del permiso están expiradas, debemos disculparnos y negarle la entrada al invitado inmigrante. No tengo claro que la reforma contemple la denuncia del inmigrante, pero de ser así, debemos denunciarle. En este caso sí que podemos darle café mientras lo entretenemos hasta que llega la policía a capturarlo.
Si los datos concuerdan debemos cerciorarnos de que la tarjeta de residencia suministrada por el inmigrante es legítima. Este aspecto lo trataremos a continuación.
3. ¿Cómo podemos determinar si la tarjeta de residencia es una falsificación?
Una manera fácil, pero no del todo segura, es comparar el aspecto de la tarjeta entregada con una tarjeta legítima. Con las herramientas actuales de retoque fotográfico como Photoshop™ y las impresoras mas modernas se hace posible la fabricación de tarjetas de residencia apócrifas, por ello, y hasta que el Ministerio del Interior o el Ministerio de Justicia no pongan a disposición del ciudadano Cursos de Reconocimiento y Detección de Tarjetas de Residencia Falsas (CRDTRF) lo más recomendable será solicitar al invitado que acuda a nuestro domicilio acompañado de un miembro de la policía nacional o de alguna de las otras fuerzas del orden público con competencias para atestiguar que se trata de un inmigrante con los papeles en regla. No está claro, aún, que un notario sea un garante suficiente.
También es posible desplazarse junto al inmigrante invitado a una dependencia policial o judicial donde nos puedan asegurar que el inmigrante tiene una tarjeta de residencia en rigor. Es importante realizar este molesto trámite ANTES de que el inmigrante entre en casa.
En ambos casos debe pedirse un certificado por escrito, para evitar el conocido «tu me dijiste y yo te dije», y «donde dije digo digo diego». Pensemos que por un error de este tipo podríamos pasarnos dos años en la trena.
Resúmen 3: el inmigrante debe venir acompañado de un miembro de la policía o debemos acompañarlo a un cuartelillo.
Si seguimos estas simples recomendaciones colaboraremos con el ministro Gallardón y podremos estar tranquilos de que no violamos ningún inciso del código penal.
Aclaración: en este post se utiliza el café porque es algo que gusta a la mayoría de la gente, pero los consejos también sirven si la invitación involucra té, licor de lagarto, pisco o raki.